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El
Consejo Internacional del Bienestar Social (CIBS) es una organización
mundial no gubernamental que promueve el bienestar, el desarrollo
y la justicia sociales en todo el planeta. Fundada en París
el año 1928, en la actualidad cuenta con miembros ubicados
en más de 80 países.
A
lo largo de los últimos dos años, el CIBS ha consultado
a sus miembros y a muchas otras organizaciones de la sociedad
civil sobre los progresos realizados en la aplicación
de los compromisos acordados en la Cumbre Mundial para el Desarrollo
Social y, también, acerca de las prioridades que todas
esas organizaciones tienen en cuanto a las acciones a emprender
en el futuro. En concreto, hemos realizado más de veinte
foros regionales y mundiales de la sociedad civil y hemos publicado
informes sobre muchos de ellos en nuestra serie de Documentos
de Copenhague. Además, el próximo mes se celebrarán
tres foros más.
Muchas
de las prioridades identificadas en esas reuniones están
relacionadas con las acciones a escala local y nacional. Sin
embargo, esta declaración se refiere especialmente a
las prioridades que atañen a los ámbitos regional
y mundial, sobre todo a las que desean promover entornos favorables
al desarrollo social. Entre el amplio espectro de medidas que
deben llevarse a cabo, nosotros hemos identificado tres prioridades
obligatorias en las que creemos que debería concentrarse
la Sesión Especial de Ginebra. Cada una de ellas pretende
provocar mejoras sustanciales a largo plazo, fundamentalmente
de naturaleza preventiva, en lugar de concentrarse en respuestas
más estrechas orientadas al corto plazo.
Las
prioridades del Plan de Tres Puntos del CIBS para Ginebra 2000
se refieren a:
- La
adopción de un Pacto Internacional contra la Pobreza.
- El
establecimiento de Normas Internacionales para el Desarrollo
Social.
- El
desarrollo del sistema de ECOSOC.
Esta
declaración da más detalles sobre cada una de
estas prioridades.
UN
PACTO INTERNACIONAL CONTRA LA POBREZA
En
la Cumbre Mundial para el Desarrollo Social, celebrada en Copenhague
en 1995, se identificaron unos objetivos específicos
contra la pobreza a los que no se les dio gran relevancia en
el acuerdo final. No obstante, al año siguiente la Organización
de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE),
compuesta por los principales países donantes, acordó
que para el año 2015 habría que alcanzar una serie
de Objetivos de Desarrollo Internacional. Estos objetivos son:
- disminuir
a la mitad el porcentaje de población que vive en condiciones
de extrema pobreza;
- lograr
una educación primaria universal;
- eliminar
la disparidad entre sexos en la educación primaria
y secundaria (para el año 2005);
- reducir
en dos tercios las tasas de mortalidad de la población
infantil menor de 5 años;
- reducir
en tres cuartos las tasas de mortalidad materna;
- lograr
el acceso universal a servicios sanitarios genésicos
adecuados;
- recuperar
los recursos medioambientales perdidos a escala mundial y
nacional.
Estos
objetivos, al contrario que otros más atractivos sentimentalmente
como la total eliminación de la pobreza, podrían
lograrse para la fecha objetivo del año 2015. El periodo
de 15 años es lo suficientemente extenso como para que
las iniciativas necesarias logren importantes mejoras, y no
es excesivamente largo como para que haya una tendencia a la
dejadez. Sin embargo, para que se obtengan los resultados a
tiempo deben iniciarse inmediatamente importantes acciones.
No
hay ninguna probabilidad de lograr estos objetivos sin que los
países más ricos y las instituciones financieras
internacionales controladas por ellos se comprometan a fondo
a aportar recursos y otras ayudas. Es razonable pensar que,
puesto que fueron ellos los que establecieron los objetivos,
esos mismos países deben estar deseando proporcionar
el apoyo necesario. Si no lo hacen, los objetivos se verán
rápidamente como imposiciones injustas e inalcanzables
para los países en vías de desarrollo, y no como
compromisos realistas y recíprocos de todos los miembros
de la comunidad internacional.
Este
concepto de los compromisos recíprocos podría
aplicarse estableciendo un Pacto Internacional contra la Pobreza
que comprenda tanto a los países desarrollados como a
los en vía de desarrollo, así como a instituciones
financieras internacionales. El Pacto implicaría comprometerse
en el capítulo de las aportaciones y en el de
los resultados especificados en los Objetivos de Desarrollo
Internacional.
Las
aportaciones acordadas podrían incluir calendarios específicos
para aliviar más la carga de la deuda, lograr el porcentaje
de referencia del 0.7 en la ayuda oficial al desarrollo, aumentar
el apoyo de instituciones financieras internacionales clave
y establecer el principio 20:20. Podría adoptarse un
sistema coordinado de impuestos nacionales sobre transacciones
financieras internacionales y algunos otros servicios también
internacionales, que los países donantes y los países
en desarrollo destinarían a financiar sus compromisos
del Pacto. El Pacto también podría incluir formas
específicas de reglamentación financiera orientadas
a aumentar el acceso de los países en vías de
desarrollo a niveles sostenibles de inversión financiera
productiva, en detrimento de las especulaciones volátiles
perjudiciales.
El
CIBS insta a los gobiernos a que aprueben los elementos claves
del Pacto en la Sesión Especial de Ginebra y formen
un grupo de trabajo para preparar un borrador detallado que
sería estudiado y ultimado en la Sesión del Milenio
de la Asamblea General que se celebrará más tarde,
este mismo año. El ECOSOC debería responsabilizarse
principalmente de facilitar y supervisar la realización
del Pacto, y la Asamblea General tendría que aceptar
examinar la ejecución del mismo cada año, el Día
Internacional de la Pobreza (el 17 de Octubre).
NORMAS
INTERNACIONALES PARA EL DESARROLLO SOCIAL
La
Carta de Naciones Unidas inviste claramente a la Asamblea General
y al Consejo Económico y Social del poder necesario para
desarrollar y acordar las normas internacionales orientadas
al desarrollo social. Muchos de los principios y de las normas
relacionados con el desarrollo social han sido ya aprobados
por dichos organismos o por otras estructuras del sistema de
Naciones Unidas. Algunos de ellos son jurídicamente vinculantes
(como el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales), otros tienen un grado cuasi vinculante
(como la Declaración sobre los Principios y Derechos
Fundamentales del Trabajo de la OIT) y, en fin, hay otros que
no son más que una aspiración.
En
primer lugar, existe una clara necesidad de mejorar el perfil,
el estado y la ejecución efectiva de algunas de estas
normas ya existentes. Esto se conseguiría si las de especial
valor e importancia se incluyesen, sin renegociación,
en un nuevo marco de trabajo especial de las Normas Internacionales
para el Desarrollo Social. Podría acordarse que,
bajo la supervisión general de ECOSOC, el sistema de
Naciones Unidas y los sistemas gubernamentales nacionales dieran
una prioridad especial al seguimiento y aplicación de
estas Normas. También podría aprobarse explícitamente
que las Normas sean vinculantes para todas las organizaciones
intergubernamentales, formen o no parte del sistema de Naciones
Unidas.
En
segundo lugar, existe una clara necesidad de refinar algunos
acuerdos ya existentes antes de incluirlos en la categoría
de Normas Internacionales para el Desarrollo Social. Esto
podría implicar, por ejemplo, el desarrollo de normas
que incluyan variaciones explícitas según determinadas
circunstancias, tales como el nivel general de desarrollo nacional.
Este enfoque podría aplicarse, por ejemplo, a las normas
de la OIT respecto a la seguridad social y a las condiciones
de trabajo.
Tercero,
es esencial reconocer que las políticas y prácticas
económicas tienen con frecuencia un profundo impacto
en el desarrollo social. Por tanto, las Normas Internacionales
para el Desarrollo Social deben cubrir aspectos clave de temas
como fiscalidad, reglamentación financiera y conducta
de las empresas, que tienen importantes impactos sociales. La
reciente reunión de la Organización Mundial del
Comercio demuestra la necesidad de tener en cuenta una extensa
y equilibrada gama de intereses y experiencias en el desarrollo
de dichas normas.
ECOSOC
tiene tanto el poder legal como la responsabilidad de supervisar
el desarrollo y cumplimiento de las Normas Internacionales para
el Desarrollo Social. Esto podría llevarse a cabo encargando
a organizaciones intergubernamentales la preparación
(individual o conjunta) de borradores de Normas en determinadas
áreas, que serían presentados al ECOSOC con objeto
de que este organismo diera su aprobación final. Esto
proporcionaría una estructura flexible dentro de la cual,
por ejemplo, las normas referentes a una área con impactos
sobre el comercio, el medio ambiente, el trabajo y las necesidades
humanas básicas, podrían redactarse y ultimarse
de forma cooperativa y equilibrada.
El
Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional solicitaron
recientemente a ECOSOC que desarrollase paquetes consensuados
de principios y prácticas de política social.
Esto prueba claramente que ECOSOC debe tomar la iniciativa en
el desarrollo y la supervisión de una estructura de Normas
Internacionales para el Desarrollo Social. No obstante, es esencial
que las Normas reconozcan un grado legítimo de variación
según las circunstancias nacionales y que vengan acompañadas
de un Pacto contra la Pobreza que garantice la provisión
de recursos y otras ayudas provenientes de países ricos.
El
CIBS insta a los gobiernos a que apoyen a ECOSOC en el desarrollo
progresivo de un marco de trabajo amplio de Normas Internacionales
para el Desarrollo Social que se ocupe de los aspectos básicos
de las políticas y prácticas económicas
y sociales.
DESARROLLO
DEL SISTEMA DE ECOSOC
El
Consejo Económico y Social tiene algunas capacidades
únicas que lo cualifican para asumir el liderazgo en
política económica y social internacional, para
el que está facultado en virtud de la Carta de Naciones
Unidas. Representa a todos los países, en vez de estar
controlado por los que son ricos y poderosos. Sus tareas abarcan
asuntos económicos y sociales y tiene la responsabilidad
última de muchos de los organismos intergubernamentales
importantes.
Sin
embargo, hasta la fecha, ECOSOC ha fracasado claramente en la
asunción de sus responsabilidades y de su potencial.
En parte debido a la constante oposición de la mayoría
de los poderes económicos más importantes y en
parte provocado por la falta de determinación pragmática
de los países que se verían más beneficiados
si ECOSOC fuese más eficaz. Aparte de algunas mejoras
útiles realizadas en los últimos años,
aún queda mucho más por hacer para reforzar el
sistema de ECOSOC.
Primero,
es esencial que ECOSOC refuerce el tamaño, papel y efectividad
de su Oficina, o que desarrolle algunos otros mecanismos que
permitan realizar acciones rápidas, enfocadas y enérgicas
sin tener que convocar un pleno del Consejo de más de
50 miembros. Esos grupos más pequeños podrían
estar formados por un máximo de 20 miembros seleccionados
en circunscripciones regionales, previamente reorganizadas para
reflejar las realidades actuales y el legítimo interés
común. También es esencial que un número
considerable de países importantes, tanto desarrollados
como en vías de desarrollo, postulen para ser elegidos
en puestos clave de ECOSOC y destinen a ellos representantes
de alta calidad.
Segundo,
es esencial que se usen efectivamente las oportunidades desarrolladas
en los últimos años para una mayor interacción
con los líderes de las instituciones de Bretton Woods
y de la Organización Mundial del Comercio. Estas
oportunidades se desperdiciarán en su mayoría,
y a la larga desaparecerán, a menos que se siga aumentando
su intensidad, especificidad y frecuencia. También es
importante que ECOSOC colabore estrechamente con nuevos grupos
que podrían llegar a ser de gran importancia mundial.
Esto se aplica especialmente al nuevo Grupo de los 20, el cual
posee varias características deseables en su composición,
pero sólo trata estrictos intereses económicos,
sin contenido social, y no contempla la representación
de países medianos o pequeños.
Tercero,
ECOSOC necesita colaborar más estrechamente con grupos
regionales que se han desarrollado fuera del sistema de Naciones
Unidas. Su estructura regional actual no refleja adecuadamente
la realidad, habiendo otros grupos regionales como la Unión
Europea, la Comunidad para el Desarrollo del África Austral
y la Asociación de las Naciones del Sureste Asiático
que los más altos niveles de gobierno consideran generalmente
mucho más pertinentes. El desarrollo de fuertes interacciones
regionales a través de estos grupos puede ayudar a encontrar
el equilibrio adecuado entre los beneficios e imperativos de
la internacionalización por una parte, y la necesidad
de flexibilidad y sensibilidad ante las circunstancias y culturas
locales por otra. Pero es de gran importancia que éstos
operen dentro de una estructura mundial efectiva del tipo de
la que ECOSOC debería ofrecer. Un paso útil en
esa dirección sería que ECOSOC estableciese una
consulta regional anual en el marco de su reunión anual,
incluyendo a estos grupos y a las propias comisiones regionales
de ECOSOC.
El
CIBS insta a los gobiernos a que propongan y ratifiquen cambios
de este tipo para que las estructuras y operaciones de ECOSOC
le permitan cumplir con su importante carta de responsabilidades,
incluyendo el desarrollo y la supervisión del Pacto contra
la Pobreza y de las Normas Internacionales para el Desarrollo
Social que se han propuesto.
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